A partir del 1º de octubre rige el nuevo convenio colectivo para los trabajadores no docentes de la UNC

La Secretaría de Planificación y Gestión Institucional informó que a partir del 1º de octubre de este año regirá la plena vigencia del nuevo Convenio Colectivo de Trabajo (Decreto Nro. 366/06), dejando automáticamente sin efecto la Resolución HCS Nro. 471/95, en virtud de lo establecido en el artículo 5 de esta norma. [27.09.2007]

En consecuencia, sólo resultará posible realizar pagos complementarios en concepto de horas extras, las cuales deberán ser liquidadas conforme lo estipulado por el artículo 74 del Decreto Nro. 366 que reza: "Se establece la jornada de trabajo convencional de 35 horas semanales, siete diarias continuas corridas, de lunes a viernes. El exceso de la jornada habitual de que se trate será considerado como hora extra convencional con el recargo del 50% en los días hábiles, y del 100% en días inhábiles. En ningún caso la jornada podrá extenderse más de 10 horas...". Por lo tanto, la hora extra se computará a partir de la séptima hora cumplida de trabajo.

Se informa además que en el ámbito de la Paritaria Local ha sido planteado el reclamo del sector gremial relativo al dictado de una nueva norma que sustituya la Resolución HCS Nro. 471/95, a fin de implementar conceptos de características más objetivas que garanticen su aplicación en forma general.